jueves, 31 de marzo de 2011

MODULOS

  • Conexion a redes extendidas.
  • Adaptacion del ambiente de trabajo.
  • Aplicaciones especiales en redes informaticas.
  • Mantenimiento de hardware.
  • pasantia y proyecto final.

ateria: PASANTIA Y PROYECTO FINAL
Trabajo: N 1

Pasantía y Proyecto Final

1)      ¿Que son las pasantias secundarias no rentadas? ( 3 definiciones)
2)      ¿Como se pueden realizar?
3)      Mencionar  los números de resoluciones que las regulan.
4)      Poner una breve descripción de cada una de las resoluciones.

            1.  Las Pasantías constituyen la extensión del sistema educativo en el ámbito de las empresas y organismos públicos y privados, en los cuales los alumnos realizarán residencias programadas u otras formas de prácticas supervisadas relacionadas con su formación y especialización.
Las pasantías son llevadas a cabo bajo la organización y control de las unidades educativas que integran el sistema de pasantías y a las que los pasantes pertenecen, según las características y condiciones que se fijan en convenios bilaterales estipulados en la Ley Nacional de Pasantías Educativas (Ley Nº 25.165).

No rentadas:
Dentro de la categoría no rentada se encuentran las pasantías a proyectos de investigación y/o asignaturas, destinadas a profesionales o estudiantes avanzados para el desarrollo de tareas de apoyo que contribuyan a su formación; y las adscripciones a un proyecto de investigación, a una unidad operativa de servicio u a una asignatura. Las adscripciones están destinadas a los graduados de carreras universitarias.
http://fich.unl.edu.ar/pagina.php?ID=79
           2. Las pasantías se desarrollan en organizaciones públicas y privadas mediante la celebración de convenios que permiten a esas instituciones contar con alumnos formados para desempeñarse eficaz y eficientemente en las diversas tareas que hacen a su funcionamiento. El pasante durante su desempeño, recibe una asignación estímulo por parte de la institución en la cual realiza la pasantía y su práctica es tutorada por parte de la Facultad, la cual realiza su seguimiento.
           3 / 4.
 1. Definición: pasantía es el conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas u organismos públicos sustantivamente relacionados con la propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas.
2. Pueden ser pasantes los estudiantes de la Educación Superior, de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y de la Formación Profesional.
3. La edad mínima permitida es dieciocho años.
4. Se permite realizar pasantías en empresas con personería jurídica y organismos públicos. Tiene personería jurídica la persona física o jurídica inscripta ante la AFIP con al menos un empleado.
5. El régimen adquiere carácter de excepción, con características que tipifican una relación especial
6. No originan relación laboral.
7. No pueden ser de carácter obligatorio.
8. Sus fines son:
a. Complementar la formación académica.
b. Valorar el trabajo como elemento indispensable y dignificador para la vida.
c. Ser nexo entre la producción y la educación.
d. Incorporar saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales.
e. Aumentar el conocimiento y manejo de tecnologías vigentes.
f. Servir al proceso de orientación profesional.
g. Mejorar las posibilidades de inserción laboral.
h. Propender a la erradicación de relaciones laborales encubiertas.
9. Duración: plazo mínimo de dos meses y máximo de doce, con la posibilidad de una renovación adicional de seis meses.
10. Carga horaria: no más de seis horas y media por día, hasta veinte horas semanales.
11. Jornada diurna dentro de los días lunes a viernes, con la excepción de aquellas actividades que sólo puedan cumplirse los fines de semana y/o en jornada nocturna; en cuyo caso las entidades deberán solicitar autorización expresa.
12. Cupo:
a. Las empresas de hasta doscientos trabajadores, pueden contratar un pasante por cada diez trabajadores en relación de dependencia por tiempo indeterminado.
b. Aquéllas con doscientos uno o más trabajadores, el 7%.
c. En la administración pública nacional, provincial o municipal, hasta el 7% de la planta de personal presupuestada.
d. No hay límites para los discapacitados.
13. Asignación estímulo: es fija, no remunerativa y la cantidad mínima la establece el Convenio Colectivo de la actividad o, en su defecto, el Salario Mínimo Vital y Móvil. En el caso que los empleados se encuentren bajo un régimen de remuneraciones variables, el cálculo se efectuará sobre la base del promedio de las sumas liquidadas a los trabajadores de la entidad de la categoría correspondiente al pasante, en los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de pago de la asignación.
14. Cobertura médica de emergencias y ART a cargo de la empresa.
15. Cobertura de salud: es obligatorio cotizar en la Obra Social Sindical a cargo totalmente de la empresa.
16. El régimen de licencias se rige por el convenio aplicable o, en su caso, por la Ley de Contrato de Trabajo. Se equiparan los demás derechos a los de los empleados. Incorpora la licencia por maternidad pero sin goce de asignación estímulo. El tiempo de pasantías se incluye en el de periodo de prueba en caso de efectivización laboral.
17. El Régimen de Propiedad Intelectual es el previsto en la Ley de Contrato de Trabajo.
18. Las entidades educativas deben informar los acuerdos suscriptos a su comunidad para garantizar un sistema de transparencia y de igualdad de oportunidades en el acceso a las pasantías de los estudiantes.
19. Convenio marco: se suscribe entre la empresa y la entidad educativa, define los objetivos pedagógicos y demás obligaciones del régimen. Este convenio habilita para la suscripción de acuerdos individuales
20. Acuerdo individual: se suscribe entre la empresa, la entidad educativa y cada pasante; determina quienes serán el docente guía y el tutor en la empresa para desarrollar conjuntamente los objetivos pedagógicos y definir la forma de supervisión y evaluación.
21. La entidad educativa también estructura un legajo por cada pasante y supervisa el cumplimiento de los planes formativos.
22. El Ministerio de Educación crea el Registro Informativo de Convenios de Pasantías Educativas. Asume también la tarea de recepción y registro de los convenios marco suscriptos en la nación, provincias y municipios.
23. El Ministerio de Trabajo controla el cumplimiento de los objetivos en las empresas y organismos.
a. Cuando la empresa no cumpla con algo que tipifica la pasantía, se considera contrato laboral por tiempo indeterminado.
b. En caso de duda se entenderá que la relación es laboral.
24. Las entidades educativas pueden cobrar hasta un 5% de la asignación estímulo por gastos administrativos.

http://www.laboralrosario.com/articulo.php?id=248

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